Observación general núm. 8 (2022) sobre el derecho de las personas con discapacidad al trabajo y al empleo
El objetivo del documento es aclarar las obligaciones de los Estados partes en relación con el derecho al trabajo y al empleo consagrado en el artículo 27 de la Convención. La Convención establece los principios y las normas que rigen el derecho de las personas con discapacidad al trabajo y al empleo, y sienta la base para que los Estados partes cumplan sus compromisos en relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular la meta 8.5, relativa a lograr, para 2030, el empleo pleno y productivo y garantizar un trabajo decente para todos los hombres y mujeres, incluidas las personas con discapacidad, y la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.